Estetoscopio y calculadora sobre una hoja con cifras, representando el cálculo de indemnizaciones por negligencias médicas según daños sufridos.

Tabla de indemnización por negligencia médica

La indemnización por negligencia médica varía según la gravedad del daño y las pruebas presentadas. Conoce los criterios de valoración, cómo calcular la compensación y accede a una tabla actualizada con las cuantías según el tipo de perjuicio sufrido.

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¿Qué es una negligencia médica?

En primer lugar, debemos entender que una negligencia médica sería la acción u omisión de un profesional de medicina que tenga como resultado un daño o lesión al paciente. Estos daños serán siempre consecuencia de un incumplimiento de los estándares de cuidado y práctica médica aceptados en cada momento.

Esto significa que un médico, enfermero o cualquier otro profesional de la salud, no proporciona la atención que sería razonablemente esperable. Es decir, para que se considere negligencia médica, el error debe ser tal que un profesional competente no habría cometido en circunstancias similares.

Debe ir más allá de las dudas razonables o de las limitaciones de la medicina. Un ejemplo podría ser que el cirujano se olvide una gasa en el interior de un paciente y que, debido a ello, el paciente sufra una infección u otras complicaciones.

Esta negligencia puede ser de varios tipos, ya que puede referirse al diagnóstico incorrecto, a errores quirúrgicos, a prescripciones de medicamentos inadecuados o a la falta de seguimiento. Este tipo de errores pueden tener graves repercusiones en la vida de una persona.

Bases para la indemnización

El origen de cualquier tipo de indemnización está en el artículo 1902 del Código Civil, que se refiere a la obligación de reparar el daño causado de cualquier persona que cause un daño a otra. Este daño puede causarse por acción u omisión, siempre que haya culpa o negligencia.

En medicina, como en muchos otros ámbitos, la reparación del daño se traduce en compensaciones económicas, ya que, en múltiples ocasiones, el daño físico no podrá ser revertido. Las indemnizaciones, en todo caso, se basarán en la gravedad y las repercusiones del error.

Factores que influyen en la indemnización

La indemnización por negligencia médica puede variar significativamente dependiendo de varios factores:

  • La gravedad de los daños sufridos por la víctima es uno de los principales determinantes. Por ejemplo, una lesión temporal tendrá una indemnización diferente a una lesión permanente o a un caso de fallecimiento.
  • La edad de la víctima también juega un papel crucial; las personas más jóvenes suelen recibir indemnizaciones mayores debido a la expectativa de vida y la pérdida de ingresos futuros.
  • La dependencia económica de la víctima, es decir, si era el principal sostén económico de su familia, también influye en la cuantía de la indemnización.
  • Además, la duración de la lesión y el impacto en la calidad de vida del paciente son factores que se consideran al calcular la indemnización.

Desglose de la tabla de indemnizaciones

Aunque no hay una cantidad económica real que pueda compensar el daño sufrido por una negligencia médica, se establece una tabla fijando unas indemnizaciones según los daños sufridos.

Esta tabla de indemnizaciones se actualiza periódicamente y tiene en cuenta diversos factores. Estas tablas se utilizan como referencia legal para calcular las indemnizaciones en función del parentesco de las víctimas y las circunstancias particulares.

En estos casos, para la fijación de la cuantía, se tiene en cuenta tanto la gravedad de la lesión como la duración. La correcta provisión de servicios médicos es crucial para prevenir negligencias y evitar consecuencias trágicas.

Lesiones temporales

Una primera categoría la conforman las lesiones temporales. Se refiere a aquellos daños que eventualmente van a recuperarse con el tiempo. En estos casos, para la fijación de la cuantía, se tiene en cuenta tanto la gravedad de la lesión como la duración.

  • Leve: de 30 a 150 euros por día.
  • Moderada: de 150 a 500 euros por día.
  • Grave: de 500 a 1000 euros por día.

Por ejemplo, si el paciente padece una infección postoperatoria que requiere 20 días de hospitalización, podría llegar a incluirse en la categoría de moderada.  En tal caso, la indemnización podría llegar a los 10 000 euros. No obstante, siempre habrá que estar atento a las circunstancias del caso concreto.

Lesiones permanentes

Son aquellas que afectarán a la víctima de por vida por no tener posibilidad de mejora. En estos casos, se tiene en cuenta la gravedad, ya que la duración es permanente.

  • Leve: de 500 a 20 000 euros.
  • Moderada: de 20 001 a 150 000 euros.
  • Grave: de 150 001 a 1 500 000 euros.

Un ejemplo podría ser una operación de columna donde tenga lugar un error que conlleve parálisis. Este caso podría considerarse como una lesión permanente grave y alcanzar el límite superior del rango.

Fallecimiento

Cuando la negligencia médica resulte en el fallecimiento del paciente, la gravedad del resultado no entra en juego en la valoración del daño. En estos casos se tiene en cuenta el sufrimiento de la víctima.

  • Sin sufrimiento previo: hasta 150 000 euros.
  • Con sufrimiento previo: hasta 300 000 euros.

En este punto, los ejemplos no ofrecen mucho lugar a dudas. Si un paciente muere inmediatamente por la aplicación de una dosis incorrecta de su medicación, la indemnización que correspondería a sus herederos podría alcanzar los 150 000 euros.

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Perjuicio personal básico

El perjuicio personal básico se refiere a los daños corporales que sufre la víctima de la negligencia médica, desde el suceso que le ocasiona los daños, hasta su curación o estabilización. En este caso, tales daños no afectan completamente a sus actividades cotidianas.

Dado que la víctima puede verse afectada en sus actividades diarias, sin tener que abandonarlas por completo, se entiende este perjuicio como asimilable a la baja médica y no a la baja laboral.

El perjuicio personal básico incluye indemnizaciones para los familiares más cercanos de la víctima en caso de muerte. La correcta provisión de servicios médicos es crucial para prevenir negligencias que puedan llevar a consecuencias trágicas. La actualización de la tabla de indemnizaciones para el año 2025 amplía las cuantías, según veremos a continuación.

Cónyuge viudo

En este caso, se tiene en cuenta la duración del matrimonio y la edad de la víctima. Así, si la víctima tenía menos de 67 años, la indemnización puede llegar a superar los 100 000 €, siempre con base en la duración del matrimonio y la dependencia económica. 

  • Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía hasta 67 años, 111 193,73 €.
  • Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía desde 67 hasta 80 años, 86 484,01 €.
  • Hasta 15 años de convivencia, si la víctima supera los 80 años, 61 774,29 €.
  • Por cada año adicional de convivencia o fracción con independencia de la edad de la víctima se añadirán 1235,49 €.

Ascendientes (padres y abuelos)

Cuando se trata de víctimas menores de 30 años, las indemnizaciones pueden superar los 80 000 € para los padres. En los casos de víctimas mayores de esa edad, la cuantía se reduce por debajo de los 50 000, especialmente, si los ascendientes eran económicamente dependientes.

De acuerdo a la tabla 2025, las cuantías máximas serían así:

  • A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía hasta 30 años, 86 484,01 €.
  • A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años, 49 419,44 €.
  • A cada abuelo, solo en caso de premoriencia del progenitor de su rama familiar (es decir, en caso de víctimas que no tuviesen padres en el momento de la muerte), 24 709,72 €.

Descendientes

En este caso, se tiene siempre en cuenta si la víctima era el sostén económico principal. En los casos de hijos menores, las compensaciones pueden llegar a ser superiores a 100 000 €. Para los hijos mayores, aún cuando estén independizados, la cuantía de la indemnización puede oscilar entre los 20 000 y los 60 000 €.

  • A cada hijo que tenga hasta 14 años, 111 193,73 €.
  • A cada hijo que tenga desde 14 hasta 20 años, 98 838,87 €.
  • A cada hijo que tenga desde 20 hasta 30 años, 61 774,29 €.
  • A cada hijo que tenga más de 30 años, 24 709,72 €.
  • A cada nieto, solo en caso de premoriencia del progenitor hijo del abuelo fallecido, 18 532,29 €.

Hermanos y allegados

En estos casos, las indemnizaciones suelen ser menores. No obstante, los hermanos de la víctima pueden llegar a recibir entre 10 000 y 24 000 €, según la relación de convivencia o de dependencia emocional que existiese con anterioridad a la muerte. También se tendrá en cuenta la edad.

  • A cada hermano que tenga hasta 30 años, 24 709,72 €.
  • A cada hermano que tenga más de 30 años, 18 532,29 €.

En cuanto a los allegados, de ser el caso, la tabla para 2025 fija la cuantía máxima en 12 354,86 €.

Perjuicios particulares

En el caso de los perjuicios personales particulares, sí existe una pérdida temporal de la calidad de vida para la víctima. En tales casos, los daños causados por la negligencia médica impiden al afectado continuar con su actividad diaria, como por ejemplo, acudir al trabajo o continuar con sus estudios.

Implica pérdidas temporales, moderadas, graves o muy graves, y en esta categoría puede incluirse también el daño emocional y psicológico. Estos perjuicios particulares no son excluyentes entre sí, por lo que pueden ser acumulables dentro de una misma indemnización.

El perjuicio personal particular se refiere a circunstancias específicas que incrementan la indemnización básica. Este tipo de factores son la discapacidad previa del perjudicado, la convivencia con la víctima, la condición de perjudicado único en su categoría, el fallecimiento de víctima embarazada con pérdida de feto o el perjuicio excepcional.

Discapacidad previa del perjudicado

Cuando la víctima o perjudicado tenía una discapacidad previa, la indemnización aumenta. En tales casos, se entiende que la negligencia médica agrava una situación preexistente.

Además, en los casos en los que la discapacidad, física o psíquica, del perjudicado se produzca como resultado de la negligencia, también tendrá derecho a un aumento de la cuantía. En ambos casos, el aumento será del 25 % al 75 %.

Por ejemplo, si estamos ante una víctima que ya sufría paraplejia y, tras una negligencia médica, pierde la movilidad del tren superior. En este caso, la indemnización base puede llegar a aumentarse entre un 25 y un 50 %.

Convivencia con la víctima

Los familiares que vivían con la víctima, especialmente cuando se trate de hijos menores o cónyuges, recibirán un incremento proporcional al vínculo. Dicho aumento puede oscilar entre el 10 y el 20 % de la cuantía base.

Perjuicio excepcional

Este apartado deja abierta la posibilidad de un incremento de hasta el 25 % para casos que presenten circunstancias excepcionales.

Fallecimiento de víctima embarazada

Si la víctima mortal de una negligencia médica fuese una mujer embarazada, la pérdida del feto se considera un perjuicio agravante. En tales casos, la indemnización sufre un aumento significativo, pudiendo alcanzar las siguientes cifras:

  • Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación, hasta 18 532,29 €.
  • Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación, hasta 37 064,58 €.

Condición del perjudicado único en su categoría

Se refiere a los casos en los que la víctima es el único perjudicado dentro de una categoría concreta, exceptuando al cónyuge (ser el único progenitor, el único hijo, el único hermano, el único nieto…). En estos casos, la indemnización puede incrementarse hasta un 25 %.

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Perjuicio patrimonial

Cuando sufrimos daños físicos y morales, podemos sufrir la consecuencia de una pérdida económica directa. Tales circunstancias también son recogidas en la tabla.

Daño emergente

Se refiere a los gastos materiales derivados de la negligencia médica, como pueden ser los gastos de traslado, o los de entierro y funeral.

Los gastos de traslado incluirían los desplazamientos necesarios para recibir atención médica. Estos traslados pueden incluir viajes entre distintas provincias. Por ello, la tabla contempla compensaciones de entre 500 y 5000 €, según la distancia y la frecuencia de los traslados.

También, en casos de víctimas mortales, las familias pueden reclamar entre 3000 y 10 000 € por los gastos derivados de entierros y funerales.

Lucro cesante

El lucro cesante se refiere a la pérdida de ingresos futuros que el fallecimiento o la incapacidad de la víctima pueden acarrear como consecuencia de los daños sufridos.

En tal caso, si la víctima era el principal sostén económico de la unidad familiar, la indemnización a la que tengan derecho el cónyuge y los descendientes se calculará según los años que restaban de vida laboral. Por tanto, la indemnización será mayor cuando más joven sea la víctima.

Cuando haya dependencia económica, la cantidad dependerá de la edad de los dependientes. Entonces, los hijos menores de edad suelen recibir mayores compensaciones, pudiendo oscilar entre los 50 000 y los 150 000 €.

Este término se refiere a la pérdida de ingresos futuros como consecuencia del fallecimiento o incapacidad de la víctima.

Indemnizaciones por secuelas

Entendemos por secuela cualquier tipo de efecto residual, o resultado permanente, derivado de una enfermedad o lesión. Para la determinación de la indemnización que corresponde por cada secuela, existe una tabla de valoración de puntos de secuelas.

Esta tabla es una herramienta que clasifica tanto las secuelas físicas como las psicológicas y las valora en función de puntos. En función de su gravedad y duración, se le asignan unos puntos, según los cuales se determinará la cuantía de la indemnización. Es decir, que las secuelas se evalúan mediante un sistema de puntuación, el cual asigna un valor monetario a cada lesión.

Mediante este sistema, se trata de alcanzar una compensación justa y proporcional para las víctimas.

En primer lugar, se determinará el grado de la secuela. Pueden ser leves, moderadas o graves y, para su valoración, se tendrá en cuenta cómo afectan a la capacidad de la víctima para llevar una vida normal.

Esta evaluación debe realizarla un médico especialista en valoración del daño corporal. El especialista valorará la gravedad de las lesiones y asignará una puntuación, la cual varía entre 1 (lesión leve) y 100 (lesión máxima o incapacidad total).

En la tabla de 2025, el valor del punto oscila entre los 1000 y los 2500 €. Aquí es donde entra en juego la edad del afectado, ya que, a mayor edad, menor valor por punto. Esto se hará en función de los valores siguientes:

  • Menos de 20 años: 1000 – 2000 euros por punto.
  • Entre 21 y 40 años: 900 – 1800 euros por punto.
  • Entre 41 y 55 años: 800 – 1500 euros por punto.
  • Más de 55 años: 700 – 1300 euros por punto.

Además, hay que tener en cuenta que existen otros factores adicionales a la edad y al número de puntos, que pueden influir en el montante final de la indemnización.

Se trata de las secuelas estéticas, tales como cicatrices o deformidades visibles. También, los daños psicológicos, tales como ansiedad o depresión.

Por último, el grado de dificultad para la realización de las tareas cotidianas, cuanto mayor impedimento presente la víctima, mayor indemnización.

Indemnizaciones por lesiones temporales

La tabla de indemnizaciones por negligencia también establece las cuantías diarias en caso de lesiones temporales. Este tipo de indemnización también se ajustará en función de la gravedad del perjuicio causado.

La tabla de indemnizaciones para el año 2025 establece las siguientes cuantías:

  • Día de perjuicio muy grave: 123,55 € por día.
  • Día de perjuicio grave: 92,66 € por día.
  • Día de perjuicio moderado: 64,25 € por día.
  • Día de perjuicio básico: 37,06 € por día.

Estas cuantías cubren la incapacidad temporal para desarrollar actividades habituales, y el periodo se extiende desde el inicio del tratamiento hasta la recuperación. Las lesiones temporales también pueden ocurrir durante los partos, especialmente en casos de complicaciones médicas, lo que resalta la importancia del seguimiento médico adecuado.

En cualquier caso, a la hora de solicitar una indemnización por negligencia médica, el interesado debe acudir a un médico especialista, que valorará los daños. También, realizar una valoración pericial y, con esos datos, acudir a un abogado experto en la materia. Este realizará el cálculo de la indemnización y dirigirá, o bien una negociación, o bien una reclamación judicial.

La tabla de indemnizaciones por negligencia médica para 2025 ofrece un marco actualizado y equitativo para compensar a las víctimas

Las cuantías y baremos establecidos por la Dirección General de Seguros aseguran que las indemnizaciones reflejen el daño real sufrido por la víctima y sus allegados. Este sistema exige la intervención de profesionales especializados en derecho y medicina para determinar adecuadamente la compensación justa.

Casos de negligencia médica con mayores indemnizaciones

Los casos de negligencia médica que resultan en mayores indemnizaciones suelen involucrar daños graves y permanentes.

Por ejemplo, las lesiones cerebrales y medulares, que pueden llevar a una parálisis cerebral o a una paraplejia, son casos donde las indemnizaciones tienden a ser muy elevadas debido a la gravedad y el impacto a largo plazo en la vida de la víctima.

También, los casos de muerte por negligencia médica, donde la pérdida de un ser querido y el sufrimiento de los familiares se consideran en la valoración de la indemnización.

En estos casos, la indemnización no solo busca compensar el daño físico, sino también el dolor y el sufrimiento emocional de los allegados.

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