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¿Cuándo prescribe una negligencia médica?
La prescripción es una forma de extinción de derechos por el transcurso del tiempo. Esto significa que los derechos que no se ejercitan en un plazo de tiempo determinado legalmente, perderá el derecho a reclamar.
Es importante tener en cuenta que la finalización del plazo para reclamar supone que el afectado pierda su derecho a reclamar una indemnización, que la administración o el juzgado inadmitirá la reclamación y que no se podrá iniciar ningún procedimiento legal posterior. Por ello, es crucial conocer los plazos aplicables y actuar con celeridad.
La razón de ser de la prescripción se encuentra en la seguridad jurídica, se pretende evitar que una persona se encuentre permanentemente en la duda de si va a ser reclamado o no. Por ello, cuando prescribe una negligencia médica, ya no podrá reclamarse.
En el caso de las negligencias médicas, este plazo dependerá del ámbito sanitario y del tipo de responsabilidad ante el que nos encontremos. El ordenamiento jurídico distingue entre procedimientos administrativos, civiles y penales, estableciendo un plazo diferente para cada uno de ellos.
Plazos para la denuncia de negligencia médica
En general, los plazos oscilan entre 1 y 5 años, pero hay situaciones especiales que pueden alterar estos marcos temporales, por ello estos son los tres escenarios:
- Plazo para reclamar una negligencia médica en sanidad Pública o mutualidades como MUFACE
- Plazo para reclamar una negligencia médica en Sanidad Privada
- Particularidad en Cataluña
Plazo para reclamar una negligencia médica en sanidad Pública o mutualidades como MUFACE
Tanto en la sanidad pública, como en mutualidades como MUFACE, las reclamaciones se presentarán por la vía administrativa. Por ello, la normativa aplicable será la ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
De acuerdo con dicha normativa, el plazo para reclamar será de un año contado desde la fecha del fallecimiento o de la curación o estabilización de las secuelas, excepto en Cataluña, donde el plazo se extiende a tres años .
Este plazo está regulado por la responsabilidad patrimonial de la administración, conforme al artículo 67.1 de la Ley 39/2015. Si la reclamación no se presenta en el plazo estipulado, se pierde el derecho a indemnización.
Los plazos para reclamar por negligencia médica varían significativamente dependiendo de si el servicio médico fue prestado en la sanidad pública o en la privada.
Plazo para reclamar una negligencia médica en Sanidad Privada
El caso de la sanidad privada es distinto, ya que las reclamaciones se realizan, en todo caso, por la vía civil. Por ello, los plazos de prescripción dependerán del tipo de responsabilidad.
Responsabilidad civil extracontractual
Se refiere a los casos en los que no existe una relación contractual previa entre el paciente y el médico o centro sanitario. En tales casos, de acuerdo a las normas de la responsabilidad civil extracontractual, el plazo de prescripción será de 3 años.
Responsabilidad civil contractual
En este caso, se trata de la responsabilidad que surge cuando existe una relación contractual explícita o implícita entre el paciente y el profesional médico. En tales casos, el plazo de prescripción será de 5 años.
Sanidad privada
En la sanidad privada, las reclamaciones se realizan por la vía civil. Los plazos de prescripción dependen del tipo de responsabilidad.
Particularidad en Cataluña
Ha de tenerse en cuenta que en Cataluña el plazo para reclamar una negligencia médica en la sanidad pública también es de un año. Sin embargo, el cómputo del plazo puede variar, iniciándose desde la estabilización de las secuelas o desde el momento del fallecimiento.
Se trata de una particularidad regulada por la normativa autonómica catalana sobre la responsabilidad patrimonial de su derecho civil.
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¿Cuál es el plazo para poder denunciar una negligencia médica?
Aun conociendo el plazo de prescripción, el período para poder denunciar una negligencia médica puede variar según el caso concreto. Esto es porque el inicio del cómputo del plazo de reclamación será distinto en cada caso, dependiendo de las circunstancias.
En casos de fallecimiento, el plazo no ofrece lugar a dudas, ya que comienza a contar desde la fecha en que tiene lugar la muerte.
Sin embargo, en los casos en los que la negligencia médica dé lugar a secuelas en el paciente, el plazo se iniciará en el momento de estabilización de las secuelas o en la fecha de alta domiciliaria.
Se trata de matizaciones muy importantes, ya que, en la práctica, van a determinar si una reclamación está dentro del plazo legal o no. Por ello, la correcta identificación del momento de inicio del cómputo será crucial a la hora de realizar una reclamación.
Cómo reclamar una negligencia médica
El proceso para reclamar una negligencia médica varía dependiendo de si tiene lugar por la vía civil (en centros públicos o privados) o por la vía penal:
Cómo reclamar una negligencia médica en la Sanidad Pública y mutualidades funcionariales
Dado que en los casos de negligencia médica en la sanidad pública, en mutualidades como MUFACE y en centros concertados, el procedimiento sigue la vía administrativa, el plazo para reclamar es de un año. Este plazo será aplicable tanto en caso de fallecimiento, como de secuelas.
El procedimiento a seguir es el siguiente:
- Presentación de una reclamación por responsabilidad patrimonial ante la administración responsable.
- Aportación de informes médicos y pruebas que acrediten la negligencia.
- Resolución administrativa.
En los casos en los que la Administración desestime la reclamación o no responda en el plazo de seis meses, el interesado puede acudir a la vía contencioso-administrativa.
Cómo reclamar una negligencia médica en la Sanidad Privada
Cuando una persona sufre un daño como consecuencia de una negligencia médica, va a tener derecho a reclamar una indemnización, ya sea personalmente o a través de sus familiares. Esto es así siempre, con independencia del tipo de centro sanitario donde hayan ocurrido los hechos.
Pero la vía para realizar esta reclamación será distinta. En la sanidad privada, las reclamaciones se tramitan por la vía civil. Por ello, los plazos de prescripción son de 3 años para la responsabilidad civil extracontractual y de 5 años para la responsabilidad civil contractual.
La existencia de responsabilidad contractual o extracontractual dependerá de la relación que exista entre el paciente y el facultativo o profesional médico.
Existe responsabilidad contractual siempre que haya un contrato previo entre las partes. Este contrato ha de ser preexistente a la situación de negligencia y su existencia implica que se estableció una relación jurídica entre el médico y el paciente, derivada de ese contrato de prestación de servicios profesionales.
En cuanto a la responsabilidad extracontractual, va más allá de lo escrito y lo firmado en un contrato. La jurisprudencia entiende que bienes jurídicos, como puede ser la vida, la salud y la integridad física, no pueden ser objeto de un contrato. Así, un error médico que atente contra ellos no puede eximirse de responsabilidad civil, aun cuando no exista un contrato.
Cómo reclamar una negligencia médica por procedimiento penal
Distinto es el caso de la vía penal. Esta vía se reserva para los casos más graves de negligencia médica, como pueden ser los fallecimientos o los daños severos provocados por mala praxis.
Los delitos habituales en los que puede derivar una negligencia médica, incluyen el delito de homicidio imprudente y el de lesiones imprudentes.
Este tipo de procedimiento exige, en todo caso, la asistencia e intervención de un abogado especializado en la materia, así como la presentación de pruebas periciales contundentes. En estos casos, habrá de probarse claramente la mala praxis, ya que, ante la duda, el juez siempre dictará sentencia a favor del acusado.
En la vía penal, los plazos de prescripción pueden variar entre uno y cinco años. Este plazo dependerá de la gravedad del delito, correspondiendo los siguientes plazos:
- Un año para delitos leves
- Tres años para delitos menos graves
- Cinco años para delitos graves
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